El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, este viernes en la Ciudad de la Justicia. Biel Aliño / EFE

El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, este viernes en la Ciudad de la Justicia. Biel Aliño / EFE b4jx

Valencia

La Fiscalía pide revocar la imputación del ex número dos de Emergencias, que ya ha declarado como investigado 21286y

El Ministerio Público no ve delito en la actuación de Emilio Argüeso por el momento, mientras que sí avala la decisión de citar como investigada a Salomé Pradas.  1b355p

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La Fiscalía de Valencia ha pedido revocar la imputación del exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso por su actuación en la gestión de la dana del pasado 29 de octubre. A su vez, ha pedido confirmar la de la exconsellera Salomé Pradas

El pronunciamiento del Ministerio Público ha sido notificado a las partes el mismo día que el excargo del Gobierno valenciano ha ido a declarar, precisamente como investigado, ante la jueza que instruye la causa

La Fiscalía ha interesado la estimación del recurso del abogado de Argüeso contra el auto de la magistrada que lo citaba a declarar como investigado y pide dejarla sin efecto. 

La resolución está firmada el día 9 de abril (es decir, el pasado miércoles). La jueza no compartía este criterio, por lo que la declaración de Argüeso de este viernes se ha mantenido. Ahora, será la Audiencia de Valencia la que se tendrá que pronunciar

El Ministerio Público no ve por ahora delito y cree que no era este el momento de imputar a Argüeso. 

En el escrito, recuerda que el auto de la magistrada que lo citaba como investigado lo hacía "por su relevancia orgánica y, por ende, decisoria, como secretario autonómico de Emergencias en el momento de los hechos". 

Dicha inculpación, afirma la Fiscalía, confronta con el principio de culpabilidad que rige el derecho penal.

Así, cita jurisprudencia del Tribunal Supremo en la que concluye que la responsabilidad penal "es estrictamente personal" y que "cualquier juicio de autoría exige que la persona a la que se le atribuye la responsabilidad criminal haya ejecutado por sí la acción típica o, en supuestos de coautoría, tenga el dominio funcional del hecho". 

La imputación por el cargo 18226n

Esa misma resolución, el Supremo sostiene que la imputación del delito es "especialmente compleja" cuando la acción delictiva tiene lugar en el marco de una organización o estructura jerarquizada

La división y delegación de funciones y, por tanto, la capacidad de decisión, señala el TS, hace todavía más difícil la afirmación de la responsabilidad criminal. 

"En ningún caso puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona ostente de manera concreta en la organización por muy alto que sea", dice la resolución a la que hace referencia la Fiscalía. 

El Ministerio Público entiende, por tanto, que este es el caso de Argüeso y que se vulneraría el principio de culpabilidad. 

Por ello pide revocar su declaración como investigado. Sin perjuicio, añade, "de una ulterior imputación si, atendiendo al resultado de las diligencias, la instrucción revela que tenía algún tipo de cometido relacionado con la adopción de medidas o decisiones que hubieran podido evitar o disminuir los fallecimientos". 

Avala la imputación de Pradas 4a6e3n

Por otro lado, la Fiscalía ha pedido confirmar la imputación de Pradas en la causa porque, según la legislación autonómica, le correspondía a ella "determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse".

En su opinión, la dirección de plan especial ante el riesgo de inundaciones en la Comunitat Valenciana le correspondía a la exconsellera "una vez declarada la situación de emergencia dos" y tenía, por ende, "la función de determinar las medidas de protección a la población que debían adoptarse".



El alegato remitido por el Ministerio Público a la jueza considera ajustado a derecho el auto de imputación dictado a partir de los indicios resultantes de las diligencias practicadas sobre la presunta comisión por Pradas de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes.

La Fiscalía detalla que, según la ley autonómica de Protección Civil, el Consell es "el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana" y corresponde al conseller titular de estas competencias gestionar el Centro de Coordinación de Emergencias y "ejercer el mando único" de la emergencia.

Otras funciones son constituir el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi), declarar los niveles de emergencia y determinar las medidas de protección más convenientes para las personas y bienes, señala la Fiscalía, que expone además que el Plan especial ante el riesgo de inundaciones de la Comunitat Valenciana indica que su director será el conseller competente en protección civil y emergencias.

"El representante de la Generalitat Valenciana en el Cecopi actuará en calidad de director del plan siempre y cuando no se declare el interés nacional", indica el escrito.

La Fiscalía expone que, según la información aportada por la Conselleria de Emergencias y referida a los avisos emitidos, las alertas activadas y las situaciones de emergencia declaradas por el Centro de Coordinación de Emergencias, se infiere que la dirección del plan ante el riesgo de inundaciones correspondía a Pradas, así como determinar las medidas de protección.